En cumplimiento de la Ley 26/2015, en la que se indica que será requisito para el acceso y ejercicio de la docencia garantizar no haber sido condenado por sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual, la Consejería de Educación ha establecido un plazo para que todo el personal docente funcionario de carrera y laboral indefinido (profesorado de religión) aporte dicha certificación.
Están exentos de esta obligación los funcionarios interinos que ya la hayan facilitado.La certificación podrá obtenerse por dos vías: Otorgando una autorización a la Dirección General de Educación para que obtenga la información o bien aportando el certificado.
El plazo de presentación, tanto de certificaciones como de autorizaciones, es el comprendido entre el 1 y el 28 de febrero de 2017.
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